Carta de Derechos y Beneficios en el P. B. S. y Carta de desempeño de su E. P. S., en aras de lograr un servicio menos deficiente y, algo digno y humanizado.
Resolución 1817 de 2.009. Las E. P. Ss., de los dos regímenes, deben elaborar y entregar a sus Afiliados la Carta ilustrativa de sus Derechos y la Carta de Desempeño, con la información pertinente para su ejercicio y validación.
Artículo 2º. Carta de Derechos del Afiliado y del Paciente. Documento que le permite a los afiliados y pacientes informarse acerca del plan de beneficios, su red, mecanismos y procedimientos y entidades que prestan ayuda para exigir el cumplimiento de los derechos que ostenta como afiliado y paciente.
Artículo 4º. Carta de Desempeño de la Entidad Promotora de Salud. Documento informativo para que los afiliados, puedan elegir la E. P. S. e I. P. S. de su conveniencia, allí se incluye información sobre indicadores de calidad de atención, posición en el ordenamiento (ranking) y situación frente a la acreditación de estas entidades, en el Sistema obligatorio de garantía de calidad, así como, los indicadores financieros y la aplicación de sanciones de que hubiere sido objeto en el último año.
Es definitiva y determinante nuestra participación social en salud.
Gestión y fomento de la participación social en salud
Fuente: Ministerio de Salud y Protección Social > Salud > Prestación de Servicios > Gestión y fomento de la participación social en salud.
La expedición del Decreto 4107 de 2011, definió la estructura y objetivos del Ministerio de Salud y Protección Social, planteando dentro de las funciones de la Oficina de Gestión Territorial, Emergencias y Desastres, la responsabilidad de promover la participación social en la gestión territorial de la prestación de los servicios de salud y el desarrollo de formas organizativas de participación y control social en las acciones de salud pública y prestación de servicios de salud.
En este sentido, la Oficina de Gestión Territorial Emergencias y Desastres, lidera la formulación de la Política de Participación Social en Salud, y así las cosas, la definición de la Política de Participación social en Salud- PPSS tiene el propósito de cumplir con la responsabilidad de fortalecer la ciudadanía en los procesos de salud, desarrollando acciones que le permitan al Estado garantizar el derecho a la participación social en salud, generando condiciones para la participación activa y efectiva de la ciudadanía teniendo como base su reconocimiento social e institucional, en especial buscando cumplir con el derecho a la participación vinculado al derecho a la salud.
Mecanismos de participación social en salud:
- Consejos Territoriales de Seguridad Social en Salud
- El Servicio de Atención a la Comunidad (SAC)
- Sistema de Atención a los Usuarios (SIAU)
- Comités de Participación Comunitaria (COPACO)
- Asociación de Usuarios
- Comité de Ética Hospitalaria
- Veedurías Ciudadanas en Salud